article banner
Incentivando los servicios financieros con más tecnología

Nueva Ley Fintec: Impactos tributarios

El pasado miércoles 4 de enero se publicó la Ley N°21.521, o Ley Fintec, a través de la cual el regulador se preocupó de aclarar varios conceptos que ayudarán a promover la competencia y la inclusión en la prestación de servicios financieros mediante la innovación y la tecnología.

La normativa en particular regula la comercialización de los siguientes servicios:

  • Plataformas de financiamiento colectivo.
  • Sistemas alternativos de transacción.
  • Asesoría crediticia y de inversión.
  • Custodia de instrumentos financieros.
  • Enrutamiento de órdenes e intermediación de instrumentos financieros.

Obligación de informar al SII

Sobre esta base, se estableció que las entidades que presten los servicios señalados estarán obligadas a informaranualmente al Servicio de Impuestos Internos (SII) lo siguiente:

  • Saldos de los instrumentos financieros de sus clientes que mantengan en custodia.
  • Transacciones que, por su intermedio, realizaron los clientes respecto instrumentos financieros.

Adicionalmente, especificó que por instrumentos financieros se entiende a todo título, contrato, documento o bien incorporal, diseñado, empleado o estructurado con la finalidad de generar rentas monetarias, o representar una deuda insoluta o un activo financiero virtual.

Además, la ley considera especialmente como instrumento financiero a los contratos derivados, los contratos por diferencia y las facturas.

Nueva definición de divisa

Complementariamente, la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central fue modificada para introducir una nueva definición acerca del concepto de divisa. El detalle en ese sentido es el siguiente:

  • Los billetes o monedas de países extranjeros, cualquiera sea su denominación o características
  • Las letras de cambio, cheques cartas de crédito, órdenes de pago, pagarés, giros y cualquier otro documento en que conste una obligación pagadera en dicha moneda.
  • Las representaciones digitales, electrónicas o informáticas, registradas mediante sistemas que utilicen tecnologías de registros distribuidos u otras análogas, de unidades cuyo valor sea directamente determinable y respaldado en función de una cierta moneda. 

Te  invitamos a contactar a nuestros expertos para una asesoría en asuntos tributarios respecto de la Ley Fintec, ingresando a este enlace