Carlos Muñoz - CEO & Managing Partner

Un nuevo modelo de propiedad para las firmas de Auditoría y Consultoría: sigamos la experiencia de otros países

Carlos Muñoz Saravia
Por:
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Hay vientos de cambio en la industria de servicios de Auditoría y Consultoría, especialmente entre aquellas firmas del segmento Second Tier (medianas). De un tiempo a esta parte, comienza a imponerse un nuevo y trascendental modelo de propiedad que rompe el paradigma clásico que opera en el rubro, donde las empresas del sector sólo podían estructurarse y financiarse con el patrimonio de sus propios socios personas naturales o físicas, pues de lo contrario no era posible compatibilizar el modelo de negocio con las reglas de la independencia profesional.

Un ejemplo de la evolución ocurrió hace pocos días en Grant Thornton UK, que anunció el cierre de una operación de M&A que incluyó incorporar a su propiedad y gestión como accionista estratégico a CINVEN, un Private Equity. Hace un par de meses, además, Grant Thornton US realizó un anuncio similar, ingresando a su accionariado el fondo The New Mountain Capital Group. Ambas transacciones fueron debidamente autorizadas por el respectivo regulador de mercado financiero (equivalente a la CMF en Chile). En años anteriores, también han existido operaciones similares en otras empresas de auditoría y consultoría Second Tier, como Baker Tilly US (en 2022).

Esta moderna forma de financiar a este tipo de empresas de servicios debería acelerar el crecimiento y consolidación en el mercado de las firmas hoy medianas, permitiendo que el selecto grupo que hoy conforman las llamadas Big 4 se expanda a lo menos a 6, consiguiéndose así una mayor y verdadera competitividad en la industria.

Cabe preguntarse si sería posible una operación similar en Chile. En principio no existe ningún impedimento legal que lo limite; sin embargo, en la práctica la respuesta es negativa debido a la estructura del sistema tributario local.

En efecto, por regla general, desde hace un par de años en Chile todos los servicios están gravados con IVA, con la excepción de algunos detallados expresamente en la Ley del IVA, y de ciertos servicios prestados por profesionales que sean personas naturales o “sociedades de profesionales”; es decir (según el SII), sociedades de responsabilidad limitada, compuestas en su propiedad exclusivamente (en un 100%) por socios personas naturales con título profesional. De no cumplirse tales requisitos, esos servicios profesionales quedan gravados con IVA.

No es difícil entender que si el prestador de un servicio profesional termina sumando el IVA a sus tarifas no será competitivo, porque habrá otros actores que no cargarán ese impuesto en la prestación de los mismos servicios.

Por tanto, una firma chilena de auditoría y consultoría que haya sido constituida como una SpA o como sociedad de responsabilidad limitada no podría actualmente seguir el ejemplo de sus pares en Gran Bretaña o Estados Unidos, porque al ingresar un Private Equity a su propiedad tendría que comenzar a gravar con IVA sus servicios, quedando en una posición no competitiva y fuera de mercado.

Esto es un problema que afecta las posibilidades de que las firmas de auditoría no Big 4 en Chile puedan adoptar nuevos e innovadores esquemas de financiamiento que les permitan seguir invirtiendo en tecnología y desarrollando talento humano, con costos y modelos de gestión más simples y modernos, y de este modo crecer convirtiéndose en una alternativa válida frente a sus competidores de mayor tamaño.