article banner
Por Tyriak Bruzual, Transfer Pricing & Valuation Partner de Grant Thornton Chile

A pocos días del cierre para cumplir nuevos estándares en Precios de Transferencia

Este año tributario 2021 ha sido desafiante para los contribuyentes chilenos que forman parte de grupos empresariales multinacionales (GEM), los que en un año marcado por la pandemia, están enfrentando dos nuevos requerimientos de información en materia de precios de transferencia. 

El 31 de agosto del año pasado, el SII sumó el “Archivo Maestro” (AM) y el “Archivo Local” (AL) al estándar de documentación en materia de precios de transferencia, cada uno de ellos acompañado de anexos complementarios.

Recordemos que, a partir del año 2016, Chile fue incorporando la Acción 13 del Plan BEPS de la OCDE, empezando con la implementación del Reporte País por País (CbCR, por sus siglas en inglés), como uno de los tres niveles de documentación planteados en dicha acción. Posteriormente, específicamente en agosto de 2020, introdujo los otros dos niveles restantes de documentación como lo es el Archivo Local (Local File) y el Archivo Maestro (Master File).

¿Estoy obligado a presentar el AM o el AL este mes? ¿Debo informar al corporativo? ¿Qué resguardos debo tomar para prepararme?

Si formas parte de uno de estos grupos que ya presenta el Reporte País por País en Chile o en el extranjero, estás en la categoría de gran empresa o gran contribuyente, y llevaste a cabo transacciones con partes relacionadas iguales o superiores a $ 200 millones al 31 diciembre de 2020, te invito a seguir leyendo. Para quienes no cumplan con lo indicado, lo más probable es que su preocupación siga siendo la DJ 1907 y el estudio de precios de transferencia de respaldo.

Era cuestión de tiempo que configuraran los denominados “3 niveles” de documentación sugeridos por la OCDE. Para nadie es un secreto que el objetivo de estas nuevas obligaciones es proveer, tanto al SII como a los contribuyentes, de más y mejor información respecto de las transacciones llevadas a cabo por ellos con sus partes relacionadas domiciliadas en el extranjero. Muchos miembros de la OCDE y de Latinoamérica, ya habían adoptado este nuevo parámetro de documentación, pero Chile lo hizo ahora en un contexto de pandemia, que ha ocasionado desviaciones económicas propias de quien se enfrenta a lo inesperado o desconocido.

 

¿Cómo prepararse?

Existe una serie de situaciones, en las cuales necesitarás tomar medidas lo antes posible para evitar complicaciones en el proceso. Detallo algunas de ellas:

  • Si estás obligado a presentar estas Declaraciones Juradas (DJs) y sus anexos o eres parte de una filial de un GEM extranjero, es muy probable que buena parte de la información solicitada no esté en tu poder y debas recopilarla sobre la marcha. Alguna información que podrías necesitar es: descripción completa de la cadena de suministro de productos o servicios; principales mercados geográficos donde el grupo comercializa; reorganizaciones empresariales; políticas de precios de transferencias y Acuerdos Anticipados de Precios de Transferencia (APAs) suscritos, entre otros.

 

  • El AL puede entenderse como un estudio de precios de transferencia versión 2.0 (es decir, modo DJ). Hay tres elementos centrales que debes considerar:

1- La DJ solicita información que podría no estar revelada en el informe que se viene realizando para dar sustento a la DJ 1907, por lo cual, hay que cerciorarse que aborde todos los puntos solicitados.

2- Como el AL debiera presentarse en paralelo con la DJ 1907, ahora es prácticamente obligatorio tener el estudio de precios de transferencia antes de la presentación, y no después, como probablemente habrá sucedido hasta ahora.

3-Hay que evaluar con tiempo qué tanto cambiará la documentación integral a propósito del entorno COVID-19. Esto podría suponer, por ejemplo, cambio de metodología de análisis, reportar pérdidas brutas u operativas o resultados fuera del rango intercuartil. Todos estos escenarios son posibles. 

  • Si no estás familiarizado con toda la información que deberás entregar al SII y has llegado hasta este punto, sin saber que significan las siglas “BEPS”, “APA”, “CBCR” o bien términos como “ajustes de comparabilidad”, “rango intercuartil”, “análisis multianual”, entre otros, es mejor asesorarse en Precios de Transferencia.

 

  • La consistencia es clave en este ejercicio de documentación. Es posible que, al momento de presentar el AL, el AM esté aún en ejecución en el país de domicilio de la casa matriz. Los tiempos de preparación y presentación de estos documentos varía según jurisdicción. También tener en mente qué información se ha entregado ya al SII a través de otras DJs.

 

Las multas por incumplimiento son elevadas. Recordemos que el Art. 41 E establece que la omisión, presentación errónea, incompleta o extemporánea, “se sancionará con una multa de 10 a 50 unidades tributarias anuales. Sin embargo, dicha multa no podrá exceder el límite mayor entre el equivalente al 15% del capital propio del contribuyente, determinado conforme al artículo 41, o el 5% de su capital efectivo”.

 

Nuestras recomendaciones: ¡The simpler the better!

Una buena estrategia para afrontar este nuevo desafío es pensar que esta información es la carta de presentación del grupo y del contribuyente, no un mero cumplimiento. Si la información se ofrece de manera simple de entender, las posibilidades de objeción en una fiscalización se reducen de manera importante ¡The simpler the better!

Si no estás seguro de qué implica este proceso o no sientes que tengas los recursos adecuados para realizarlo correctamente, asesórate por expertos de confianza, asegurando el mayor beneficio para tu compañía. Por mientras, recuerda que existe la posibilidad de solicitar prórroga de estas DJs hasta finales de este mes, lo cual te permitirá a estas alturas ganar un poco más de tiempo y presentar a cabalidad, evitando exponerte a multas de un valor considerable.